jueves, 8 de diciembre de 2016

   MARCA


Es un signo distintivo que indica que ciertos productos o servicios han sido elaborados o prestados por determinada persona o empresa. Su origen se remonta a la antigüedad, cuando los artesanos reproducían sus firmas o “marcas” en sus obras artísticas o en los productos de uso corriente. Con los años, las marcas han evolucionado hasta configurar el actual sistema de registro y protección de marcas. Gracias a ese sistema, los consumidores pueden identificar y comprar un producto o un servicio que, por sus características y calidad, indicados por su marca exclusiva se adecua a sus necesidades.


Derechos que concede el registro de la marca
La protección de la marca garantiza a su titular el derecho exclusivo a utilizar la marca para identificar sus productos o servicios, o a autorizar su utilización por terceros a cambio del pago de una suma. El período de protección es variable, pero el registro de la marca puede renovarse indefinidamente previo pago de las tasas correspondientes.
Incumbe a los tribunales imponer las medidas legales para hacer respetar la protección de las marcas y, en la mayoría de los sistemas, sancionar toda infracción en ese ámbito.


Ventajas de registrar una marca
·         Promueven la iniciativa y el espíritu empresarial en todo el mundo.
·         Recompensa a sus titulares con reconocimiento y beneficios financieros.
·         Impide también que los competidores desleales, como los falsificadores, utilicen signos distintivos similares para designar productos o servicios de inferior calidad o distintos.
·         Facilita el comercio internacional.

Las marcas pueden consistir en una palabra o en una combinación de palabras, letras y cifras. Pueden consistir asimismo en dibujos, símbolos, o signos tridimensionales como la forma y el embalaje de productos. En algunos países, pueden registrarse marcas no tradicionales con características distintivas, por ejemplo, hologramas, marcas animadas, marcas de color y signos no visibles (marcas sonoras, olfativas o gustativas).


Registro de una marca

1.      Debe presentarse una solicitud de registro en la oficina de marcas nacional o regional correspondiente. 
2.      La solicitud debe contener una reproducción clara del signo que desea inscribirse, incluidos los colores, las formas o las características tridimensionales. 
3.      Debe contener asimismo una lista de los productos o servicios a los que desea aplicarse el signo. 
4.      El signo debe satisfacer ciertas condiciones para poder ser protegido como marca de fábrica o de servicio u otro tipo de marca. 
5.      Debe tener carácter distintivo, de manera que los consumidores puedan distinguirlo de las marcas que identifican a otros productos, además de relacionarlo con un producto en particular. 
6.      No debe inducir a engaño o defraudar a los consumidores, ni infringir la moralidad o el orden público.
7.      Los derechos que se solicitan no pueden ser iguales, o similares, a los derechos que hayan sido concedidos a otro titular de una marca.  Esto puede determinarse mediante la búsqueda y el examen que realicen las oficinas nacionales; también se admiten las oposiciones presentadas por terceros que reivindiquen derechos similares o idénticos.

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